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Inma Sánchez
Miércoles, 20 de abril 2016, 10:31
El TSJA absuelve, no obstante, al Consistorio de tener que abonar a Barbara Noel Corbera Cobo los 6.000 euros estipulados por indemnización de daños morales. Este fallo es la respuesta al recurso de suplicación interpuesto por el Ayuntamiento zubiense contra la el fallo dictado por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada en marzo de 2013, a raíz de la demanda interpuesta por Bárbara Noel Corbera por 'moobing'.
La demandante, interina de la unidad de empleo municipal, desempeñaba funciones de personal de confianza como asistente de la anterior alcaldesa socialista, Mercedes Díaz Aróstegui, desde mayo de 2009 hasta junio de 2011, fecha en la que se produjo el relevo en el gobierno municipal. Anteriormente había realizado otras funciones.
Según la sentencia ratificada, cuando el nuevo equipo de gobierno, tras las elecciones municipales de hace dos años, entró a dirigir el Ayuntamiento no sólo no asignó a la trabajadora funciones o tareas en consonancia con su contrato en vigor, sino que la privó de un espacio físico de trabajo debiendo ocupar la empleada de forma provisional las mesas que sus compañeros dejaban vacantes cuando disfrutaban de vacaciones, hasta que al final fue recolocada en una zona de paso de las dependencias municipales, fuera de todo despacho o recinto ocupado por sus compañeros, con ordenador pero sin funciones.
El portavoz y edil de Personal del Ayuntamiento de Las Zubia, José María Medina Jorges, asegura que el equipo de gobierno "es respetuoso con las sentencias que dictan los tribunales", pero mantiene que "en el Ayuntamiento de La Zubia no se acosa a nadie". Asegura que al realizar la labor de secretaria de la anterior alcaldesa y "tratarse de un puesto de confianza" no podía continuar en ese trabajo. Señala que al final fue despedida al llevarse a cabo uns reestructuración de la plantilla y que "queda demostrado que la depresión era producto de una separación". Se congratula, finalmente, de la decisión del TSJA de resarcir al Ayuntamiento de tener que abonar 6.000 euros de indemnización, "con lo que se evita un perjuicio económico a las arcas municipales".
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