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Inma Sánchez
Miércoles, 20 de abril 2016, 10:23
El portavoz reconoce que la trabajadora realizaba funciones de asistenta de la exalcaldesa socialista como secretaria y personal de confianza, por lo que "como es obvio, y ocurre en todos los municipios al cambiar de gobierno, el alcalde entrante sustituye estos cargos por los suyos propios", y todo el personal de confianza cesa junto al saliente.
Dice que la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Granada confirma que se trataba de un contranto irregular que debió de haberse extinguido y niega que hubiera acoso, ya que "se vació de contenido su función". Asegura que no se puso a la trabajadora en un pasillo sino en el área de atención al ciudadano donde se encontraba el control de inscritos en desempleo para informar a los vecinos sobre desarrollo local, función compartida con otra trabajadora.
Según Medina Jorges, la empleada defendía en el juzgado que causó baja por depresión debido, según ella, al acoso laboral sufrido, siendo probado con un documento aportado por el Ayuntamiento que su baja fue por motivo familiar, y "no puede haber acoso cuando la baja fue de muy larga duración". A juicio del portavoz del equipo de gobierno de La Zubia, en la información se explica que el motivo fue por su colaboración con una opción política perdedora, "hecho no contrastado con nadie del actual equipo de gobierno", liderado por Antonio Iglesias del Partido Popular que gobierna en coalición con la Agrupación Por la Zubia (APZ). Finalmente, y según Medina Jorges, es evidente que no se puede mantener en funciones cuando esas mismas funciones han disminuido y se comparten con otros trabajadores, o el cargo ha desaparecido, como es el de personal de confianza de determinado cargo político.
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